
La Asociación Gremial de Auto Taxis de Madrid ha presentado las alegaciones al anteproyecto de ley de la CAM.
Alegaciones de Gremial:
AGATM (ASOCIACIÓN GREMIAL DE AUTOTAXI DE MADRID) MATERIA DE ARRENDAMIENTO CON CONDUCTOR
Lo primero que queremos destacar es que a nuestro juicio la “Ley Ómnibus” no es el instrumento normativo adecuado para regular una cuestión de tanta trascendencia. Se trata de una materia que debería regularse a través de una norma específica, y que se tramitara tras haber recabado la opinión de todos los sectores implicados. Esta precipitación en la regulación tiene su reflejo en el Anteproyecto, el cual adolece en nuestra opinión de varios e importantes defectos, por cuanto (i) no distingue de manera suficiente la prestación de servicios a través de autotaxi de la actividad de los vehículos de alquiler con conductor; (ii) se omite la referencia a cuestiones importantes y que pueden ser fuente de futuros conflictos.
A criterio de la AGATM, el principio rector de la regulación del transporte en VTC debe ser el de que se trata de un transporte completamente distinto al del taxi, de manera que ambos servicios no pueden confundirse ni en su regulación, ni en el modo en que se desarrolla la actividad. En algunos preceptos del Anteproyecto nos parece que no queda suficientemente clara esta distinción.
Por otro lado, entendemos que en la regulación de esta cuestión debería contemplarse la imposibilidad de que vehículos con autorizaciones de VTC otorgadas en otras Comunidades puedan prestar servicios en Madrid. Se trata de una cuestión ciertamente polémica, pero entendemos que es de importancia vital para el sector de autotaxi que se de una solución al respecto, dada la desventaja que en materia competitiva sitúa a las empresas de nuestro sector.
Entrando en la regulación del Anteproyecto, y sin perjuicio de que durante la tramitación del Proyecto podamos formular nuevas alegaciones, de manera muy sintética podemos realizar las siguientes observaciones:
1) En materia de competencia, a nuestro juicio, manteniendo la Comunidad la competencia de ordenación y gestión de la actividad de arrendamiento de vehículos con conductor, las competencias de inspección y sanción deberían corresponder de manera directa o por delegación a los municipios, dado que los servicios urbanos se realizan en sus territorios.
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COMITÉ MADRILEÑO DE TRANSPORTE POR CARRETERA
Orense, 60, 1a planta 28020 Madrid Teléfono: 91 580 30 16 B85854206
2) En el nuevo artículo 14 quater, en el apartado 1.a) debe establecerse un porcentaje mínimo de vehículos adaptados para personas con movilidad reducida. Ese porcentaje no debe ser inferior al 5% y además debe realizarse un control anual de los servicios realizados y anulados.
3) En el apartado c debe añadirse al requisito del permiso B o superior con al menos un año de antigüedad el disponer de un título habilitante expedido por la comunidad de Madrid, obtenido tras la superación de las pertinentes pruebas que acrediten la capacitación profesional del conductor.
4) Debe suprimirse el último inciso del apartado 1 del nuevo artículo 14 quinques. El encontrase estacionado en la vía pública constituye una manera de captación de clientes, de manera que una vez finalizado el servicio, el vehículo debe dirigirse con la aplicación apagada a un estacionamiento privado, bien en propiedad o alquiler de la empresa, o en su caso a la base del vehículo, donde debe esperar la asignación del próximo servicio. En todo caso debe garantizarse que los servicios solo pueden ser contratados de manera previa, y con una antelación mínima de 30 minutos.
Como decimos, estas observaciones son provisionales, y se formulan con la urgencia derivada del plazo perentorio marcado para la formulación de alegaciones al Anteproyecto. Por eso, nos reservamos la posibilidad de formular nuevas alegaciones una vez hayamos podido analizar con mayor detalle aquel.
Gremial junto con AMT han presentado sus alegaciones en la mesa del comité del transporte por carretera.
FPTM por su parte no han unido sus alegaciones en la mesa del comité, pese a ocupar su vicepresidencia, ellos sabrán lo que hacen.
Otras Asociaciones no representativas han presentando sus alegaciones que estos días las pondremos en el blog.
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